SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2017

Fecha: 21-Abr-2017

en la medida en que éstas no atenten contra el principio de la Autonomía Universitaria y el Cogobierno Paritario Docente – Estudiantil

De otro lado, cabe resaltar que, el Estatuto Orgánico de la Universidad Boliviana, en su art. 6 inc. d), entre otros principios, establece que: “Es democrática, porque sustenta la eliminación de las barreras discriminatorias impuestas por el sistema económico social vigente, garantizando la libre participación de todos los sectores de nuestra población, así como de todas las ideologías; respetando la pluriculturalidad propia de cada región, en la medida en que éstas no atenten contra el principio de la Autonomía Universitaria y el Cogobierno Paritario Docente – Estudiantil” (negrillas agregadas). Asimismo, el art. 7, prevé que: “Ningún Gobierno Universitario impuesto por la violencia, la amenaza y la coacción externa o interna, que altere o desconozca el régimen autónomo institucional y democrático de la Universidad y el Cogobierno Paritario Docente – Estudiantil será reconocido por el Sistema de la Universidad Boliviana”. En ese orden, de lo normado en estos dos artículos del Estatuto Orgánico de la Universidad Boliviana, se deduce que ésta constituye el documento fundacional y constitutivo del Sistema de la Universidad Boliviana, que no puede ser desconocido por ninguna universidad integrante de la misma ni por agentes externos. Siendo así, cada universidad, al integrarse a la misma o ser parte de ella, acepta este documento fundacional que es la base constitutiva y legal de su existencia en régimen de autonomía universitaria fundada en el cogobierno docente – estudiantil.