SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0297/2017-S3
Fecha: 12-Abr-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso en sus elementos de congruencia, motivación y fundamentación, a la defensa, a la seguridad alimentaria y personal, a la integridad física, al trabajo y a la propiedad privada, a la garantía del acceso efectivo a la justicia y el principio de seguridad jurídica, señalando que la Sentencia Agroambiental Nacional S2a 033/2016 de 20 de abril no contiene la suficiente fundamentación y motivación, sumado al hecho de carecer de congruencia al no pronunciarse sobre la errónea utilización de los Títulos Ejecutoriales 668004, 668005 y 668006 como antecedente agrario del predio denominado “Rancho Mariela”, aplicando equívocamente el Decreto Supremo 1697 al caso, sin considerar el memorial de rechazo del Informe en Conclusiones de 16 de octubre de 2013, que hizo referencia al “Informe Técnico Complementario al Diagnóstico DDSC-COI-INF 2173/2013” y el registro al Programa de Producción de Alimentos y Restitución de Bosques llegando a distorsionar la finalidad del proceso de saneamiento.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- omitió valorar los siguientes elementos probatorios
- se empleó incorrectamente el Decreto Supremo 1697
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 7
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- a) Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación; b) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad; y, c) Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales
- encuentran la motivación, fundamentación, congruencia y pertinencia entre otros
- son razonables las dudas del justiciable en sentido de que los hechos no fueron juzgados conforme a los principios y valores supremos, vale decir, no se le convence que ha actuado con apego a la justicia
- principio de congruencia entendido en el ámbito procesal como la estricta correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 20
- a)
- b) En segundo lugar sostiene que el fallo agroambiental omitió valorar
- c)
- i)
- d)
- Títulos Ejecutoriales 668004, 668005 y 668006
- 668004, 668005 y 668006
- III.4. Otras consideraciones