SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2017

Fecha: 21-Jul-2017

leyes que desarrollen e impongan límites

Por otra parte, en relación al tema, mediante SCP 0336/2012 de 18 de junio, la jurisprudencia constitucional boliviana, ha expresado que “los derechos y garantías sólo podrán ser regulados por ley, que comprende a su vez que sólo el órgano competente -legislativo- puede emitir leyes que desarrollen e impongan límites a los preceptos o derechos fundamentales contenidos en la Constitución Política del Estado y constituye también una restricción a otros órganos que pretendan regular derechos que sólo puede hacerse a través de una ley” (las negrillas fueron añadidas), indicando más adelante, la misma sentencia constitucional que “…la facultad de emitir o dictar leyes que desarrollen o limiten derechos fundamentales reconocidos por la Constitución Política del Estado, incumbe sólo al Órgano Legislativo -ahora Asamblea Legislativa Plurinacional- y al Órgano Ejecutivo, efectivizar su cumplimiento a través de la expedición de los respectivos decretos, sin alterar el desarrollo de los derechos contenidos en las leyes, por corresponderle su reglamentación o viabilización” (el resaltado es nuestro).