SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0674/2017-S2
Fecha: 03-Jul-2017
II.13.
II.13. La Dirección Departamental de Educación de Santa Cruz, emitió la RA 38/2016 de 22 de agosto, rechazando el recurso jerárquico interpuesto por la accionante, consecuentemente, confirmando en su integridad la resolución recurrida, fundamentando que de las pruebas cursantes en el expediente, se evidenció que la accionante incurrió en faltas graves, tipificadas en los arts. 51 inc. h) y 52 inc. m) con relación a los arts. 24 inc. b) y 25 inc. a) del Reglamento de la Carrera Administrativa del Servicio de Educación Pública, aprobado mediante RA 062/00 del 17 de febrero de 2000, por no haber desarrollado sus funciones con transparencia y pleno sometimiento al ordenamiento jurídico nacional (fs. 139 a 143).
- acción de amparo constitucional
- I.1. Contenido de la demanda
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 4
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- III.2. El debido proceso y su configuración
- III.3. El deber de motivación de las resoluciones
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo
- 1° CONCEDER en parte