SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0674/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0674/2017-S2

Fecha: 03-Jul-2017

II.7.

II.7.    Por escrito de 28 de enero de 2016, la accionante denunció al Ministro de Educación uso indebido de influencias y violencia laboral y psicológica por parte del Director Departamental de Educación de Santa Cruz, señalando que éste, en compañía de funcionarios de esa Dirección, conjuntamente con la Federación de Maestros Rurales, el 15 de mayo de 2015, se constituyó en la Dirección Distrital de Educación III del mismo departamento y en presencia del personal docente y administrativo y de estudiantes empezó a levantar la voz, tildando a la MAE de dicha Dirección de corrupto, increpándole e insultando le botó indicando que tenía un proceso administrativo; y, no conforme con ello, con palabras inadecuadas e incoherentes se dirigió a todo el personal, amenazándoles que les quedaba una semana de permanencia en sus cargos (fs. 30 a 31). En respuesta, el Jefe de la Unidad de Transparencia del indicado Ministerio a.i., por nota de 19 de febrero de 2016, indicó que en el marco del proceso administrativo seguido por la referida Dirección Departamental, de acuerdo a la normativa, ninguna instancia puede interferir en procesos disciplinarios y/administrativos en curso, de manera tal que, en función a las denuncias descritas en la RA 01/2015, emitido por el Tribunal Disciplinario, lo que correspondía era defenderse con los descargos correspondientes; asimismo, el referido proceso, de ninguna manera es abuso de autoridad (fs. 33).