Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0674/2017-S2
Fecha: 03-Jul-2017
II.9.
II.9. El 9 de abril de 2016, la demandante de tutela, interpuso recurso jerárquico, señalando que no obstante haber conocido en ambas instancias los incidentes, el Tribunal Disciplinario no valoró los agravios sufridos, fundamentados en el recurso de revocatoria, solicitando por consiguiente dicte el correspondiente Auto de alzada, para que la autoridad superior en grado, anule el proceso principal, ante la inexistencia de fundamento alguno de que su persona haya cometido faltas graves, sino una confabulación por parte del Director Departamental de Educación de Santa Cruz (fs. 115 a 118 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1. Contenido de la demanda
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 4
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- III.2. El debido proceso y su configuración
- III.3. El deber de motivación de las resoluciones
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo
- 1° CONCEDER en parte