Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0674/2017-S2
Fecha: 03-Jul-2017
II.4.
II.4. La accionante, mediante memoriales de 10 de noviembre de 2015, solicitó al Tribunal Disciplinario de la Dirección Departamental de Educación de Santa Cruz, fotocopias legalizadas del expediente del proceso sumario instaurado en su contra (fs. 71); el 13 de ese mes y año, presentó prueba de descargo; el 20 del mes y año mencionados, refutó e impugnó declaración informativa de los treinta y un ciudadanos que fueron emplazados y notificados al efecto, por vulnerar el debido proceso y el derecho a la defensa; y, el 2 de diciembre del mismo año, presentó más pruebas de descargo (fs. 72 a 73; 74 y vta.; y, 81 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1. Contenido de la demanda
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 4
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- III.2. El debido proceso y su configuración
- III.3. El deber de motivación de las resoluciones
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo
- 1° CONCEDER en parte