SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0848/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0848/2017-S1

Fecha: 27-Jul-2017

anulaba

Pronunciada la Sentencia de primera instancia, que “…en el fondo me satisfacía porque anulaba la venta fraudulenta y nula de los Parra- Ojeda y (…) quedaba firme (…) el título de propiedad… otorgado por el ex FONVIS (…) Testimonio 743/2010” (sic); empero, presentada la apelación por el matrimonio codemandado, el Auto de Vista 352 de 24 de junio de 2015, de forma ultra petita, revocó la Sentencia; declarando probada la demanda reconvencional y anulando el Testimonio 743/2010 y su inscripción en Derechos Reales (DDRR); por lo que, presentó el recurso de Casación, denunciando en lo principal que: el indicado Auto, confirmó un acto -a su criterio- nulo; fundó su resolución en simples enunciados; no consideró sus pruebas ni argumentos; se pronunció de forma ultra petita, pues el pedido de la parte apelante se limitaba a la solicitud de revocar la sentencia de primera instancia; no tomó en cuenta que los reclamos sobre el art. 559 del Código Civil (CC), fueron expuestos recién en segunda instancia; y, los apelantes carecían de buena fe pues debió llamarles la atención que el bien se hubiera adjudicado en 1992 y en menos de dos años en 1994, se tuviera la propiedad totalmente pagada e inscrita en Derechos Reales (DDRR), además de encontrarse en la obligación de conocer las leyes y normas que regulaban el FONVIS.