VOTO DISIDENTE DE LA scp 0708/2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA scp 0708/2

Fecha: 31-Oct-2018

Fragmento 14

Con relación al procedimiento de revocatoria de personalidades jurídicas, cabe señalar que existen dos normas; por una parte, la Ley de Otorgación de Personalidades Jurídicas -Ley 351 de 19 de marzo de 2013-; cuyo           art. 1.I, indica que su objeto es regular: “La otorgación y el registro de la personalidad jurídica a organizaciones sociales, organizaciones no gubernamentales, fundaciones y entidades civiles sin fines de lucro que desarrollen actividades en más de un departamento y cuyas actividades sean no financieras”; y por otra, la Ley Departamental de Personalidades Jurídicas -Ley Departamental 79 de 30 de diciembre de 2014 del Gobierno Autónomo Departamental de La Paz-, que en su art. 1, dispone: