VOTO DISIDENTE DE LA scp 0708/2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA scp 0708/2

Fecha: 31-Oct-2018

más allá de un ritualismo extremo, en el Estado Plurinacional de Bolivia, en el marco de la descolonización de la justicia, deben en ciertos casos y más aún en temáticas vinculadas con pueblos y naciones indígena originario campesinos, flexibilizarse procedimientos en el marco de un debido proceso intercultural para que prime así una real materialización no sólo de normas supremas positivas, sino esencialmente de valores plurales supremos, por esta razón, la reconducción de procedimientos constitucionales, se configura en términos de descolonización de la justicia, como un mecanismo idóneo destinado a asegurar un real acceso a la justicia constitucional especialmente para pueblos y naciones indígena originario campesinos.

[8]En su razonamiento, conocimiento y saber esencial C.6, respecto a la técnica de la reconducción procesal y su sustento constitucional, señaló que: “… la descolonización desde un punto de vista epistemológico, sustenta la premisa en virtud de la cual, no existe una cultura superior a otra, sino por el contrario todas son complementarias entre ellas, en ese orden, en el ámbito jurídico, la descolonización de la justicia implica que a la luz del pluralismo y la interculturalidad, a partir de la refundación del Estado, se ha generado un nuevo sistema jurídico, el cual, en su diseño esencial, en el ámbito sustantivo, coexisten normas positivas o escritas y no positivas o consuetudinarias, pero además las normas ético-morales forman parte del plexo normativo imperante; por su parte, desde la concepción de la descolonización en el ámbito del sistema jurídico adjetivo, los ritualismos procesales propios de un sistema jurídico netamente ius positivista emergente de un Estado monista, tienen un redimensionamiento, máxime por el alcance del pluralismo y la interculturalidad, aspecto que adquiere mayor trascendencia aún en el ámbito de la justicia constitucional, por esta razón, más allá de un ritualismo extremo, en el Estado Plurinacional de Bolivia, en el marco de la descolonización de la justicia, deben en ciertos casos y más aún en temáticas vinculadas con pueblos y naciones indígena originario campesinos, flexibilizarse procedimientos en el marco de un debido proceso intercultural para que prime así una real materialización no sólo de normas supremas positivas, sino esencialmente de valores plurales supremos, por esta razón, la reconducción de procedimientos constitucionales, se configura en términos de descolonización de la justicia, como un mecanismo idóneo destinado a asegurar un real acceso a la justicia constitucional especialmente para pueblos y naciones indígena originario campesinos.