VOTO DISIDENTE DE LA scp 0708/2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA scp 0708/2

Fecha: 31-Oct-2018

partir de sus propias normas y procedimientos,

De acuerdo a lo desarrollado en el Fundamento Jurídico II.4 de este Voto Disidente, existen dos normas vinculadas a la otorgación de personalidades jurídicas; las cuales -como se explicó-, cuando se trata de NPIOC, deben ser interpretadas a la luz de la Constitución Política del Estado y del bloque de constitucionalidad, maximizando sus derechos a la libre determinación y a la autoidentificación cultural, lo que supone que son las NPIOC, o sus comunidades, las que a partir de sus propias normas y procedimientos, definan sobre su existencia e identidad cultural; decisión que por lo explicado, vincula a todas las autoridades. En ese marco, las Leyes antes aludidas son las siguientes: 1) La Ley de Otorgación de Personalidades Jurídicas del nivel nacional -Ley 351-; y, 2) La Ley Departamental de Personalidades Jurídicas del Gobierno Autónomo Departamental de La Paz -Ley Departamental 79-.