Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0010/2018-S4
Fecha: 06-Feb-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante expresa que se han lesionado sus derechos al debido proceso en sus elementos a la debida fundamentación, motivación y congruencia, al acceso a la justicia y a la defensa y los principios de verdad material, seguridad jurídica y legalidad; en virtud a que el Fiscal Departamental de La Paz ─hoy demandado─ dictó la Resolución Jerárquica FDLP/EJBS-S-360/2016, ratificando el fallo de Sobreseimiento 04/16, emitido por el Fiscal de Materia asignado al caso, sin la debida fundamentación y motivación.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- “POR NO PRESENTADA”
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- I.3.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- I.3.3. Intervención de las terceras interesadas
- denegar
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Los fiscales formularán sus requerimientos y resoluciones de manera fundamentada y específica
- deberán dictar sus requerimientos o resoluciones cumpliendo las exigencias de la estructura de forma como de contenido de las mismas.
- rápido, sencillo y sin ritualismos dilatorios
- Jueces y Vocales ordinarios de distintas materias
- se ha convertido en una práctica habitual y negativa en nuestro sistema constitucional
- impulso de oficio
- necesariamente
- son Jueces y Vocales de
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2.
- 3.
- i)
- “ ocho (8) observaciones”
- 4 meses