SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0010/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0010/2018-S4

Fecha: 06-Feb-2018

III.3. Análisis del caso concreto

En el caso analizado, el accionante denuncia que con la Resolución Jerárquica FDLP/EJBS-S-360/2016, emitida por el Fiscal Departamental de La Paz, se atentó su derecho al debido proceso en su vertiente de fundamentación de las Resoluciones; toda vez que, al confirmar la Resolución de Sobreseimiento 04/16, pronunciado por el Fiscal de Materia asignado al caso, no realizó una debida fundamentación y motivación en su decisión al no considerar que los elementos de convicción cursantes en el cuaderno de investigaciones daban lugar a que se funde una acusación formal. 

Sin embargo, antes de ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada en la presente acción, es preciso hacer referencia a lo alegado por la autoridad demanda (contestado por el accionante), respecto a la imposibilidad de verificar vía acción constitucional la legalidad de una resolución que ratifica un Requerimiento Conclusivo de Sobreseimiento.

Sobre el particular, debe señalarse que la SCP 0245/2012 desarrollado en el Fundamento Jurídico III.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional estableció que respecto a las resoluciones de los Fiscales Departamentales, que estén vinculados a la argumentación o fundamentación de la autoridad fiscal superior, o a la interpretación de la legalidad o la errónea valoración de la prueba u omisión valorativa, no es necesario agotar previamente el control jurisdiccional; correspondiendo en consecuencia, la activación directa de la acción de amparo constitucional.

En tal sentido, de la revisión de la Resolución Jerárquica                     FDLP/EJBS-S-360/2016, impugnada mediante esta acción de defensa (Conclusión II.3), se tiene que previa identificación de los hechos motivo del proceso penal (acápite I), los fundamentos establecidos en la Resolución de Sobreseimiento (acápite II), los argumentos de la impugnación al requerimiento conclusivo (acápite III) la autoridad demanda en el acápite IV de la resolución demandada, refiere que: