SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0296/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0296/2018-S1

Fecha: 27-Jun-2018

b)

b)     Respecto al incumplimiento de plazos procesales en la tramitación del proceso, no corresponde considerarlo propiamente como un agravio al ser el mismo un aspecto formal; sin embargo, siendo deber de esta instancia velar por el cumplimiento de plazos procesales, se advierte que la Autoridad Sumariante mediante decreto de 1 de agosto de 2016, señaló audiencia de inspección en la oficina de DD.RR. para el 4 del indicado mes y año; empero, no cursa acta de suspensión de la misma, simplemente un proveído de 8 de ese mes y año que fija nueva audiencia para el 11 del citado mes y año, aspectos aparentemente irregulares que deben ser investigados por el sumariante nacional a objeto de precautelar una justicia administrativa pronta y oportuna;