Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0369/2018-S4
Fecha: 25-Jul-2018
I.1.3. Petitorio
Solicitan se les conceda la tutela impetrada y se deje sin efecto el Auto de Vista de 9 de junio de 2017, emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, disponiendo que los Vocales que integran dicha Sala pronuncien nueva Resolución “…debiendo en consecuencia regularse honorarios en base al trabajo efectivamente realizado, o declarando su incompetencia para pronunciarse sobre la resolución de la iguala, remita antecedentes al Juez civil competente” (sic).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- b)
- c)
- d)
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- cada autoridad que dicte una resolución debe imprescindiblemente exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustenta la parte dispositiva de la misma.
- III.2. Análisis del caso concreto
- 2)
- 3)
- primer
- que no podía realizarse en la jurisdicción penal, ni mucho menos resultaba ser competencia de ese Tribunal de alzada,
- REVOCAR