SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0469/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0469/2018-S2

Fecha: 27-Ago-2018

2)

           2)    Sobre la variación de los hechos y la calificación jurídica consignados en la imputación formal y la acusación fiscal, el art. 342 del CPP determina que el juicio puede abrirse sobre la base de la acusación fiscal o la del querellante indistintamente, y que cuando ambas son contradictorias e irreconciliables, el Tribunal precisa los hechos sobre los cuales se abre el juicio, y teniendo en cuenta que el derecho penal es de acto y no de autor debe considerarse que lo que se juzga son los hechos producidos por una persona a la que se le atribuye responsabilidad sobre los mismos, al margen de la calificación jurídica que se le pueda dar;