SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0469/2018-S2
Fecha: 27-Ago-2018
ii)
ii) Tampoco concurre el riesgo procesal previsto en el art. 234.2 del CPP, ya que no existía la posibilidad de abandonar el país, puesto que: ii.a) Demostró que tiene arraigo natural y social en razón a que trabaja, tiene domicilio y familia constituida en Bolivia; ii.b) Se desvirtuó que tenga nacionalidad española, ya que mediante certificado de 7 de junio de 2016, el Consulado del Reino de España certificó que nunca existió ningún trámite iniciado por su persona para obtener dicha nacionalidad; que la concesión de visa que obtuvo para estudios venció el 22 de enero de 2004; y, que la licencia de conducir española que se halla secuestrada no tiene validez alguna para ingresar al mismo; y, ii.c) El Auto de Vista impugnado estableció que supuestamente al tener recursos económicos podría abandonar el país, sin que se acredite nada sobre ese aspecto, generando una presunción que es inadmisible en materia penal, de manera que se considere como peligro de fuga el hecho de que pueda tener bienes o dinero constituye una discriminación; aun así, demostró que es su madre quien realiza los pagos del crédito bancario de su automóvil y la manutención de sus hijos, y que su exesposa paga el colegio de sus hijos y que su empresa Dentaria tuvo una caída económica que generó el cierre de sucursales, afectando drásticamente su patrimonio, todo lo cual demuestra que no tiene suficientes recursos para abandonar el país;
- acción de amparo constitucional
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- ii)
- iii)
- II.9.
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- 6)
- 7)
- 8)
- III.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones: Distinción en la construcción de la premisa normativa y premisa fáctica; y, su exigencia para justificar toda decisión
- no sólo visibiliza un uso diferenciado de términos, sino una distinción conceptual que incide en la exigencia de justificación de toda decisión
- III.1.1.
- analizando en forma integral
- arbitrariedad
- relevancia constitucional
- III.3. Sobre el derecho a la defensa
- III.4. La revisión de la valoración de la prueba en sede constitucional
- III.5. Análisis del caso concreto
- consiste en la justificación normativa de la decisión
- la justificación fáctica de la decisión,
- elementos de convicción
- entre los elementos de convicción
- III.5.2. Con relación al error de valoración probatoria
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO