Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0469/2018-S2
Fecha: 27-Ago-2018
consiste en la justificación normativa de la decisión
Conforme se tiene desarrollado en el Fundamento Jurídico III.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, la fundamentación consiste en la justificación normativa de la decisión que da por resultado la construcción de la premisa normativa. En el caso en examen, el Tribunal de alzada señala que su decisión tiene como fundamento el art. 239.1 del CPP invocado por la defensa, haciendo referencia a su contenido y al art. 298 del señalado Código, que establece el límite de la decisión de apelación con relación al agravio consignado en la alzada.
- acción de amparo constitucional
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- ii)
- iii)
- II.9.
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- 6)
- 7)
- 8)
- III.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones: Distinción en la construcción de la premisa normativa y premisa fáctica; y, su exigencia para justificar toda decisión
- no sólo visibiliza un uso diferenciado de términos, sino una distinción conceptual que incide en la exigencia de justificación de toda decisión
- III.1.1.
- analizando en forma integral
- arbitrariedad
- relevancia constitucional
- III.3. Sobre el derecho a la defensa
- III.4. La revisión de la valoración de la prueba en sede constitucional
- III.5. Análisis del caso concreto
- consiste en la justificación normativa de la decisión
- la justificación fáctica de la decisión,
- elementos de convicción
- entre los elementos de convicción
- III.5.2. Con relación al error de valoración probatoria
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO