ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1154/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1154/2019-S2

Fecha: 31-Dic-2019

Audia Delos Coro

Audia Delos Coro, como tercera interesada, a través de su abogado expresó los siguientes términos: a) Es un problema familiar desde hace 6 años y 13 actas, si la familia Delos acude ante la autoridad debe tratar de resolver y si no cumplieron sus determinaciones contenidas en actas se tienen que establecer sanciones, pero una autoridad indígena no puede sancionar a denunciantes y denunciados, involucrando a toda la familia, sin saber qué tiempo, eso no es justicia, debemos remitirnos al Estatuto que norma la marca Salinas (art. 26.a), fija las sanciones, desde la imposición de multas hasta suspensión, pero lo que pasó en ese caso es la emisión de una resolución imponiendo la sanción, sin establecer en qué norma se amparan, incluyendo a personas de la tercera edad y mujeres quienes no pueden ser sujetos a esa sanción, lo que implica una contradicción; b) En el caso de Audia Delos, se dice que estaba en la reunión, también dice notificación en la Comunidad Chalgua, empero no dice a quién procedieron a notificar y con qué, por lo que en lugar de resolver los problemas, están generando más conflicto por sus resoluciones absolutamente contradictorias, puesto que con la suspensión de trabajos no podrán sembrar, cosechar, alimentarse, prácticamente no tendrán derecho a permanecer en la Comunidad, no tendrían ni pisada, generando desigualdad; y, c) Entonces se trata más de una situación de hecho, de abuso de poder, que no tomó en cuenta que la aplicación de sanciones es paulatina, en forma progresiva y no de hecho la suspensión o reversión inmediatamente, sin siquiera escuchar a las partes, sin siquiera haberla convocado y sin hacerla conocer la resolución, consiguientemente la Autoridad demandada, lesionó los derechos del accionante, adscribiéndose a las pretensiones de formuladas en la acción de amparo constitucional.