ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1154/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1154/2019-S2

Fecha: 31-Dic-2019

También a doña Audia Delos caso por faltando a los comunarios y autoridades

3.- Acta de 11 de octubre de 2013: “…Don Nicolás y los señores que estuvieron topografiando las parcelas también don Sain Delos que fue suspendido la medición de parcelas de don Nicolás Delos de muchas discusiones e insultos de todo tipo y con palabras que no se deben hablar y con palabras de entre ambas partes de tantas discusiones al final se salieron sin firmar…”.

4.- Informe para el alcalde deslinde de fecha 11 de octubre de 2013: “…fueron presentes los señores Don Nicolás Delos, don Sain Delos, Jovana Delos, Eva Delos y Audia Delos, donde don Nicolás Delos se manifestó que contrato al topógrafo para saber la medición de sus parcelas en su totalidad y no era para otras cosas más, luego hubo discusiones con palabras muy fuertes y palabras que no se puede debe hablar. También, dijeron que le están haciendo caminar a su madre, también se habló de pérdidas de quinua y luego se habló que Don Sain Delos, habría pagado 40.000 Bs., por problemas ocurridos pasados años. Luego don Nicolás dijo que se vaya de su casa dijo a su hijo Sain Delos. Luego don Sain dijo me voy, también le dijo te voy a deseredar de mis parcelas dijo don Nicolás Delos…”. “…estaban procediendo sin ninguna autorización del corregidos ni de la comunidad midiendo parcelas del contribuyente titular Sain Delos…”.

5.- Acta de Reunión Extraordinaria de 14 de octubre de 2013: “...5.- El sr. Corregidor indica que las hijas del sr. Nicolás Delos hicieron medir los terrenos con un topógrafo e incluso cuando fueron a salinas las hermanas estaba levantando una denuncia de agresiones físicas las cuales eran mentiras. Al ceder la palabra a la tía prudencia indica que sus hijas Audia, Eva y las demás le hacen mucho daño y en varias oportunidades le indicaron que se vaya de su casa, e incluso en una oportunidad le habían botado de un vehículo de noche, entre lágrimas también indica que recibe ofensas del tío Nicolás…”.

6.- Acta de Reconciliación de 7 de noviembre de 2013: “…se delibero el tema del buen vivir con don Nicolás y doña Prudencia, se reconcilio, desde hoy adelante deben vivir como antes ellos decidieron, desde hoy en adelante las hijas y el hijo no deben influir ninguno de ellos por lo último se disculparon entre ambas partes como don Nicolás y doña Prudencia………”.

Hay diferentes principios que uno tiene que cumplir con la comunidad, el de ejercer cargo, corregidor, aguas potables, otra de las obligaciones es no faltar a las reuniones, podemos mandar a las reuniones a nuestras esposas, pero por lo menos el titular en una general tiene que estar, anualmente son dos o tres, si en caso va faltando consecutivamente, la comunidad tiende a expulsarlo, porque no está cumpliendo, contrabajos comunales, obligaciones de jaina (faena), visitas a otras comunidades, tenemos que ir a cabildos, reuniones, si no está cumpliendo, entonces estaría por demás, otro de los principios es ser una persona con principios, no robar, no mentir, no hacer problemas en la comunidad. En el caso de la familia Delos, el hijo en algunos cargos ha cumplido, no asiste a las reuniones, el 30 % asistirá, pudiendo ir de Challapata, a su mamá le manda, una señora de la tercera edad. Ahora, el papá le acusa al hijo de violación, le voy a pasar los documentos, hay un documento, donde don Nicolás firma, y quiere recuperar la contribución, entonces ese ha sido la gota que rebalso el vaso, ese ha sido el motivo, éste caballero le da la contribución y después viene con una nota indicando que mi hijo es un violador, que mi hijo ha robado, que mi hijo ha sido denunciando por el canal de Oruro, una serie de antecedentes trae, el papá difama al hijo, entonces eso es, por eso se le ha castigado, como no participaba, actualmente no está asistiendo a las asambleas, con los problemas que ha tenido.

Así también hace referencia a que la Resolución de 18 de julio de 2018 se estableció debido a que don Nicolás Delos, durante la Reunión Ordinaria, cuando se estaba tratando precisamente sobre los problemas de la familia Delos, se presentó con una nota[17] denunciando a su hijo de violador y de ratero, con lo que pidió que se le devuelva la contribución territorial:

Para aplicar la sanción que se les ha impuesto, nosotros hemos primero revisado todas las actas, de acuerdo, porque ya estaba de buen tamaño su problema, como ya se ha arreglado en un acta, entonces como podríamos solucionar, cuando una persona no cumple una acta que ha firmado con puño y letra, a no tener más problemas en su familia y no cumple, más bien empeora, difamando a su hijo que es un violador, que ha robado, nosotros entonces que medidas más podíamos tomar como el problema es por tierras, nosotros hemos dicho, mira por tierras están peleando estos caballeros, nosotros les hemos dado tierras a esta familia para que vivan bien y contribuyen bien de buena fe y dejen de pelear, pero siguen peleando, entonces hemos visto, la manera de más fuerte agarrarlos, solucionen bien sus problemas, traigan un documento en original, comprometiéndose a ya no pelear, entonces, la sanción fue por incumplimiento de Actas y por los antecedentes, no viven bien, nos andan difamando, que los de Chalgua viven peleando, la comunidad es visto mal, a nivel de la Marca, no hay armonía, pero nosotros no nos peleamos, los que se pelean son esa familia, entre ellos se pelean, éste último con el pueblo se están agarrando, no dejan vivir en paz, no hay ese Suma Qamaña.

En cuanto a los procedimientos aplicados para determinar la Resolución indica que, el problema de la familia Delos ha sido una constante en la comunidad, que se ha tratado de solucionar pero que sin embargo no hay respeto a los acuerdos ni reconciliaciones, pese a todo eso se les fue advirtiendo y recomendando para que solucionen sus problemas dentro la familia caso contario la comunidad tomaría una decisión, es por eso que dicha Resolución se estableció en una asamblea ordinaria de la comunidad, oportunidad en la que don Nicolás Delos presentó su nota de denuncia contra su hijo, y también se contaba con la presencia de otros miembros de la familia, pero que sin embargo sabiendo que se estaba deliberando dicho problema don Nicolás Delos abandono la reunión. 

Los procedimientos que se ha seguido para determinar la decisión de suspensión fue nuestros usos y costumbres, nuestros antepasados, podemos hacer la notificación verbal, no siempre escrita, porque nuestros corregidores no tienen el hábito de hacer una citación, nosotros que hemos hecho, la primera vez le hemos hecho conocer en una reunión, don Nicolás, solucionen sus problemas en familia, en casa, se les ha hecho conocer verbalmente en la reunión, si ustedes no solucionan, nosotros vamos a sacar otro tipo de resolución, como han hecho caso omiso, seguían peleándose, trayendo sus demandas entre ellos, entonces la comunidad, con el documento que ha traído que sería, el que desconoce a su hijo, difamando de violar, la comunidad ha tomado una decisión una determinación  tal vez no drástica porque al final dice, hasta que solucionen, tráiganos un documento, nada más, y como ellos tampoco han hecho caso, nosotros creemos que la resolución que hemos emitido es en vano, nula, yo he llevado una notificación para que no siembren sus parcelas hasta que no solucionen sus problemas, yo he llevado dos notificaciones, con testigos de comunarios también, pero ellos igual no han hecho caso, igual han sembrado, igual se han cosechado, entonces para mí no se ha cumplido, la resolución que hemos sacado.

El propósito de la Resolución de 18 de julio de 2018 no fue castigar a la familia ni perjudicarles, más al contrario fue de buscar que dicha familia llegue a una solución de sus problemas internos entre padres y entre hijos, ya que dichos problemas ya agobian a toda la comunidad, según los comunarios dicha decisión no fue una sanción grave ni definitiva ya que les da una oportunidad para que de una vez como familia solucionen y vivan en armonía.

Nosotros cuando hemos sacado esa Resolución queríamos que esa familia viva en armonía, en el vivir bien, en el suma qamaña, ese era el principal objetivo, nosotros queríamos darle la regla para que vivan bien, a que se den la mano y no estén haciendo llorar a su mamá, que cada semana venía a mi casa a quejarse, que estas cosas me ha hecho, que me ha botado, con carro casi me ha pisado, esas cosas se venía a quejarse de su hija de la Audia, entonces nosotros queríamos que se den la mano, que vivan bien, que traigan un documento, donde se comprometan a no pelearse más, a que vivan en armonía esa familia[18].

Si bien parece extenso el relato de Elvis Roly Huarachi Veliz (Ex corregidor de Chalgua), el mismo aborda el conflicto desde el comienzo, de los problemas que ha tenido la familia Delos, señaló todas la irregularidades que él ha podido advertir, del justificativo de la sanción impuesta, del procedimiento que se ha seguido, en base a su Norma que rige para los habitantes de la comunidad de Chalgua, en dicho relato, se puede evidenciar que no solamente se trataría de un pequeño problema familiar, sino se habla de delitos más grandes, como robo, violencia intrafamiliar y hasta de violación, toda esa serie de problemas, hubiera afectado a toda la Comunidad, hace mención también, que en diferentes oportunidades se trató de llegar a una conciliación, inclusive se llegó a un acta de reconciliación[19],  si bien se llegaba a un buen acuerdo, el mismo pasaba un tiempo y se rompía y seguían los problemas, en mérito a todo eso, en ampliación de su Normativa, se decide suspenderlo al señor Nicolás Delos Harachi de poder sembrar en sus tierras, mientras no arregle su problema familiar.