ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1154/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1154/2019-S2

Fecha: 31-Dic-2019

mantos”

Si bien la forma de poseer o el derecho al uso de la tierra es de carácter familiar, también existen tierras de uso común para todos los miembros de la comunidad, cuyo uso es regulado por normas propias[9] y están destinadas específicamente al pastoreo de ganados, aunque según los mismos comunarios dichas tierras ya son en escasa cantidad debido al crecimiento poblacional y la habilitación de tierras para la siembra. Por otra parte la comunidad conserva el sistema de cultivos por “mantos”, que no es otra cosa que un sistema para el uso, conservación y recuperación de la tierra por sectores, mediante el cual se deja descansar la tierra en un sector o “manto” mientras se cultiva en otro “manto”; la comunidad de Chalgua cuenta con dos mantos, lo que quiere decir que dejan descansar un manto durante un año.  

Para mantener el derecho a trabajar la tierra, como contribuyentes deben cumplir con deberes y obligaciones establecidas por la comunidad[10], como ser cumplir la función social, las normas propias de cada comunidad como pasar cargos de autoridad, pasar fiestas comunales, asistir a las reuniones y asambleas de la comunidad, asistir a los trabajos comunales, ser personas respetuosas y de buena conducta dentro la comunidad.

“Para mantener la contribución territorial hay normas que la comunidad tiene como pasar autoridades, o pasar cargos, pasar fiestas y costumbres, ser un comunario de buena conducta es un principio que sagradamente se maneja en todas las comunidades, y también tenemos trabajos comunales que tiene que cumplir, asistencia a reuniones no debe faltarse debe ser consecutivos, así también a cabildos. Para las personas que incumplen Las faltas son acumulativas primero es una falta y sanción leve y después cuando lleguemos a una falta grave, se hace como un proceso digamos donde la comunidad determina la sanción”.