ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1154/2019-S2
Fecha: 31-Dic-2019
Thaki o recorrido en cargos comunales:
[6] Thaki o recorrido en cargos comunales: Una persona para asumir cargos de autoridad originaria recorre por diferentes cargos desde el nivel menor de organización comunal. Primero comienza con cargos a nivel de la comunidad, aunque esto como se indicó no está instituido sino parte de un principio básico de organización comunal, luego se asume cargos de ayllu y marka.
[7] Durante el trabajo de campo, los comunarios y autoridades de la comunidad de Chalgua evitaron identificarse en sus intervenciones, debido a la susceptibilidad y temor que tienen hacia la familia Delos por cuanto manifiestan que dicha familia se basa en cualquier papel o excusa para procesarlos jurídicamente en la jurisdicción ordinaria, dijeron que no es la primera vez que esta familia procede de esta manera. Por todo lo expuesto en el presente informe no se consigna la identificación de las personas al final de los párrafos que contiene testimonios o entrevistas.
[16] Ver en anexo 2: Informe a Notificación Caso GOMS-N°063/20188que, mediante el cual El Corregidor de Chaugua, Elvis Roly Huarachi, en su condición de Corregidor de la Comunidad de Chalgua, remite al Jilakata del Ayllu Yaretani y al Jilir Mallku de Marka Salinas, documentación que contiene todas las actas relacionadas a los problemas, acuerdos y conciliaciones de la familia Delos concernientes en: Acta de reunión extraordinaria de fecha 24 de mayo, de 2012, donde se resuelve sancionar a Audia Delos por faltamiento a los comunarios y la autoridad; Acta de 6 de mayo de 2013, en el que en uno de sus puntos el ecónomo, hace conocer que la familia Delos está afectando la muralla y que se comprometió a realizar su propia pared; Acta de emergencia de 27 de septiembre de 2013, donde se trató como único punto sobre la repartición de terrenos por parte de don Nicolás a sus hijos, sin embargo los comunarios hacen conocer que Audia Delos conjuntamente con sus hermanas estaría separando a la comunidad; Acta de 11 de octubre de 2013, en el que se hacen presentes don Nicolás Delos y los señores que estuvieron topografiando sus terrenos, hubo insultos de ambas partes y al final se salieron sin firmar; Informe para el Alcalde Deslinde de 11 de octubre de 2013 donde se informa que fueron presentes don Nicolás Delos, su hijo Saín Delos, sus hijas Yovana , Eva, Audia, donde don Nicolás se manifestó que contrato al topógrafo para la medición de sus parcelas, sin embargo hubo muchos insultos. También se informó que estaban midiendo sin el conocimiento ni autorización del Corregidor; Acta de reunión extraordinaria de 14 de octubre de 2014, en el que en uno de los puntos se trató el caso de la familia Delos, donde la Señora Prudencia india que sus hijas le hacen mucho daño; Acta del Magno Cabildo del Ayllu de 28de octubre de 2013, mediante se aclara por que el jilakata Mayor del Ayllu Yaretani no respeta la jerarquía de autoridades originarias, determinando que cualquier documento de medición u otro que se haya realizado por autorización de dicha autoridad, queda sin efecto por decisión del magno cabildo; Acta de Reunión Extraordinaria de Emergencia, donde se trató sobre el daño que causaron los animales de don Nicolás Delos estableciendo sanciones económicas; Acta de Reconciliación de 7 de noviembre de 2013, donde se delibero el tema de buen vivir con don Nicolás Delos y doña Prudencia, llegando a la reconciliación y compromiso que desde ese día deben vivir como antes, así también los hijos pidieron perdón de las autoridades y de sus padres; Acta de Reunión General de emergencia de 26 de febrero de 2014, donde en el punto 5 se trata el caso de Nicolás Delos, donde Saint Delos declara que es calumniado en sentido de que el pega a su papá, a lo que la comunidad decidió dar un informe del corregidor; Acta de Conciliatoria, de 23 de febrero (no menciona año) se hicieron presentes Sain Delos y sus padre y hermana, donde se abordó el problema del pastorero que cuida los ganados; Acta de declaración de 24 de febrero (no menciona año), donde doña Prudencia Nina (esposa de Nicolás Delos) hace declaraciones sobre abusos y atropellos de parte de su esposo e Hijas, asi también cuanta que después de la reconciliación en la comunidad el 2014, su hija Audia Delos demando a su hijo Sain Delos en la vía ordinaria, y su esposo se prestó como testigo en contra de su hijo y que por eso volvió el problema; Acta de Aclaración de 9 de mayo de 2018, denuncia de robo de ganado y robo de quinua; Acta de Reunión Ordinaria de 19 de julio de 2018, en la que se trata el problema de la familia Delos, con relación a la pastorera, y posteriormente don Nicolás Delos presento nota con referencia a los problemas que aquejan a su familia en principal a su hijo Sain, la comunidad después de escuchar emitió su decisión.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 19 de julio de 2018
- a)
- 1)
- 6)
- i)
- Audia Delos Coro
- Saint Sandro
- Eva Brisayda
- Prudencia
- Isidora Yovana
- Euclides Mamani Huayllani
- concedió
- b)
- c)
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6. Notificación
- II.7.
- II.8.
- Resolución de 19 de julio de 2018
- III.1.
- III.2. Protección reforzada a los grupos de atención prioritaria
- prestándose particular atención a los derechos y necesidades especiales de los ancianos, las mujeres, los jóvenes, los niños y las personas con discapacidad indígena
- que se prestará particular atención a los derechos y necesidades especiales de los ancianos, las mujeres, los jóvenes, los niños y las personas con discapacidad indígenas
- es obligación del Estado y de los pueblos indígenas, adoptar medidas para garantizar los derechos y las necesidades de ancianos
- “Las autoridades de la jurisdicción indígena originaria campesina no sancionarán con la pérdida de tierras o la expulsión a las y los adultos mayores o personas en situación de discapacidad, por causa de incumplimiento de deberes comunales, cargos, aportes y trabajos comunales
- III.3. Informe Técnico de Campo emitido por la Secretaría Técnica y Descolonización
- Ubicación
- Contexto Histórico (Identidad cultural)
- Idioma
- Población
- Estructura de autoridades de la comunidad Chalgua.-
- Consejo de autoridades.-
- Corregidor (Awatir tata).-
- Control social (OTB).-
- Económo (Mayordomo).-
- III.3.2. Sistema jurídico indígena originario campesino propio
- mantos”
- respeto,
- c) Normas y principios aplicados para determinar la decisión o sanción de suspensión de siembra de parcelas y la significancia del mismo en su sistema jurídico propio.
- moral
- d). Procedimientos aplicados para determinar la decisión de suspensión de siembra de parcelas impuesta por Elvis Roly Huarachi Veliz, Corregidor Auxiliar de la comunidad de Chalgua contra el accionante.
- También a doña Audia Delos caso por faltando a los comunarios y autoridades
- III.3.3. Significancia y función que cumple la norma aplicada, respecto a la pacífica convivencia en comunidad
- III.3.4. Otr
- III.4. Análisis del caso concreto
- Resolución de 18 de julio de 2018
- Fragmento 51
- REVOCAR
- Thaki o recorrido en cargos comunales: