SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0022/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0022/2019

Fecha: 24-Abr-2019

capacidad recaudatoria

Contexto en el cual, la administración tributaria, en el ejercicio de sus facultades de recaudación, inicia un proceso tributario contravencional bajo normas administrativas, con la finalidad de lograr el crédito del que es titular el Estado; del que –se reitera– en virtud a su configuración y naturaleza, ha convenido una política fiscal para el cumplimiento de sus fines y funciones a favor de la colectividad que lo compone, basada en los principios de “capacidad económica, igualdad, progresividad, proporcionalidad, transparencia, universalidad, control, sencillez administrativa y capacidad recaudatoria (art. 323.I de la CPE); exhortando a su vez, como un deber de las bolivianas y bolivianos, el “Tributar en proporción a su capacidad económica, conforme con la ley” (art. 108.7 de la Norma Suprema); ello, en el entendido que la violación de la ley tributaria no importa un atentado a los derechos pecuniarios del ente recaudador, o una desobediencia a las órdenes de la administración pública, sino que altera el sustento económico para la función esencial del Estado, que tiene por fin último el bien común.