SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0022/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0022/2019

Fecha: 24-Abr-2019

I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional

El expediente fue sorteado el 22 de mayo de 2014, sin embargo, al no haber alcanzado los votos suficientes para la aprobación del fallo correspondiente, se sometió a un nuevo sorteo el 8 de diciembre del mismo año, determinándose la suspensión del plazo para su resolución por requerimiento de documentación complementaria por parte de la Relatoría, como se tiene del Decreto Constitucional de 9 de enero de 2015 (fs. 71); reanudándose el cómputo del plazo el 28 de enero de 2016 (fs. 479).

Por disposición de Sala Plena de este Tribunal, al no existir consenso en la resolución de la causa, la acción fue sorteada el 14 de julio de 2016 (fs. 432), disponiéndose la suspensión del plazo para emitir pronunciamiento, según consta en el Decreto Constitucional de 19 de julio del mismo año (fs. 483), mismo que se reanudó el 8 de mayo de 2017 (fs. 491). De igual forma, al no haberse alcanzado la cantidad de votos suficientes para la emisión del fallo correspondiente, como consta a (fs. 493) del expediente, por decisión de Sala Plena de este Tribunal, la causa fue sorteada nuevamente el 24 de mayo de 2017 (fs. 494) y el 12 de octubre de 2017 (fs. 509), sin obtener en ambas situaciones, el consenso necesario por el Pleno del Tribunal Constitucional Plurinacional de esa gestión.

Finalmente, el expediente fue sorteado en dos oportunidades más, el 23 de enero de 2018 (fs. 513) y el 10 de julio de igual año (fs. 534), sin que en ambas oportunidades, se logre consenso suficiente para emitir resolución; procediéndose a un último sorteo el 19 de febrero de 2019 (fs. 560); por lo que, la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, es pronunciada dentro de plazo.