Sentencia Constitucional Plurinacional 0055/2019-S1 de 3 de abril
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional Plurinacional 0055/2019-S1 de 3 de abril

Fecha: 03-Abr-2019

incongruencia omisiva

Sobre la incongruencia omisiva, denunciada a raíz de que las Magistradas demandadas no consideraron todas sus pretensiones de fondo y no ejercieron el control de legalidad y verificación del exceso de poder, demostrada en la RS 17547 sin analizar ni argumentar sus razones para declarar improbada la demanda contencioso administrativa; este aspecto es evidente, siendo que el proceso de saneamiento es ejecutado en una primera etapa por el INRA, y es el Presidente del Estado Plurinacional quien emite la Resolución y pone fin a dicho procedimiento, es obligación de la jurisdicción agroambiental en el marco del control judicial de legalidad verificar que en esa primera instancia se haya cumplido bajo la normativa aplicable a la materia; sin embargo, la Sentencia Nacional Agroambiental S1a 59/2017, asumió simplemente que los informes y la verificación efectuada sobre el predio del accionante y la Resolución Administrativa                 RA-DN-UCSS 007/2010 que anuló obrados, fueron actos correctamente emitidos y de conocimiento de las partes, sin considerar otros aspectos reclamados por el ahora peticionante de tutela, tal como se ha podido verificar del análisis del punto de la congruencia y que debieron ser parte del control de legalidad a través del contencioso administrativo, consecuentemente estos aspectos deberán ser considerados en la nueva emisión del fallo.