Sentencia Constitucional Plurinacional 0055/2019-S1 de 3 de abril
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional Plurinacional 0055/2019-S1 de 3 de abril

Fecha: 03-Abr-2019

segundo cuestionamiento

En relación al segundo cuestionamiento, referido a la irretroactividad de las normas, -art. 123 CPE- “la ley sólo dispone para lo venidero y no tiene efecto retroactivo…” en este caso la Resolución Suprema 17547 se basa esencialmente en la Resolución Administrativa RA-DN-UCSS 007/2010, que ilegalmente anuló obrados del saneamiento de los predios “San Juan” y “San Roque”, señalando como base legal el art. 266 del DS 29215 cuya vigencia fue a partir del 2 de agosto de 2007 y aplicable a los procesos de saneamiento iniciados desde esa fecha; por lo que, esta norma no está por encima de la Ley 3545 cuya disposición transitoria salva expresamente las resoluciones y actos cumplidos; razón por la cual las tres etapas cumplidas en el proceso de saneamiento del predio “San Roque”, no podían reabrirse ni retrotraerse las mismas como el INRA lo hizo a través de la mencionada Resolución que ordenó anular hasta la evaluación técnico jurídica y ciertos actos de relevamiento de campo.