SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0197/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0197/2019-S4

Fecha: 09-May-2019

d)

d)   Refiriéndose a la falta de referenciación de vértices e inexistencia de formularios y fotografías en la carpeta de saneamiento, las demandadas señalaron que en el legajo se advertía la existencia de información técnica consistente en la identificación del croquis poligonal del predio, en el que se establecen sus colindancias, así como las actas levantadas el 8 de septiembre de 2010, que permiten identificar la firma de la demandante, lo que desvirtuaría su argumento sobre la no realización del trabajo de campo, pues es ella misma quien da conformidad a su ejecución; y si bien, en algunos documentos no figura la firma de los colindantes, es porque éstos no se hicieron presentes, no obstante de haber notificados.

Dicho argumento inobserva el debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación y congruencia, pues si bien refiere que existe documentación técnica de identificación del croquis poligonal del predio (fs. 136), no se pronuncia de manera específica y clara respecto a la falta de referenciación de los cinco vértices que la entonces demandante manifestó que posee el fundo y tampoco explica los motivos o razones legales, que permitirían al INRA omitir la inserción de fotografías y la descripción de ubicación de vértices, cuando, por disposición del art. 65 del DS 29215, corresponde procederse a la identificación física de los mismos y de los límites prediales; actividad que al tener como finalidad la comprobación de la realización del trabajo en campo, únicamente podría evidenciarse a través de la correspondiente imagen fotográfica; documentos que, conforme dispone el art. 77 del referido cuerpo normativo, deben ser adjuntados a las carpetas prediales de saneamiento, lo que evidentemente no sucede en el caso de autos.