SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0285/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0285/2019-S2

Fecha: 24-May-2019

III.4.  Sobre el régimen de notificaciones dispuesto en el Código de Procedimiento Penal, la constitución del domicilio procesal y sus efectos

           En base a estas consideraciones, el Código de Procedimiento Penal en su Primera Parte, Libro Segundo, Título VII, regula los requisitos, formas y condiciones para la notificación con los actos procesales y resoluciones judiciales; cuyo incumplimiento implica se declare la nulidad, conforme el art. 166 del CPP.