SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0285/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0285/2019-S2

Fecha: 24-May-2019

procedente

En dicho mérito, la Resolución de medidas cautelares fue impugnada por el imputado, hoy accionante; la parte querellante y el Ministerio Público, la cual fue de conocimiento de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, cuyas autoridades emitieron el Auto de Vista de 31 de julio de 2018, declarando procedente la apelación del Ministerio Público, procedente en parte la presentada por la parte denunciante, e improcedente la formula por el ahora peticionante de tutela; y en consecuencia, se revocó en parte el Auto Interlocutorio de 13 de junio de ese año, teniendo por concurrente el art. 233.1 del CPP; es decir, el requisito de probabilidad de autoría.

Como se advierte en obrados y de los argumentos expuestos en la acción tutelar, y del informe de las autoridades demandadas; es un hecho, que la audiencia de apelación de 31 de julio de 2018, dentro de la cual se declaró la improcedencia de la alzada interpuesta por el imputado, ahora accionante, fue instalada y llevada a cabo sin su participación ni la de su abogado defensor.