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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0469/2019-S4
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0469/2019-S4

    Fecha: 12-Jul-2019

    f)

    f)  La atestación ofrecida por María Elia Parada Casanova, no refiere la fecha de facción del documento suscrito por Ana Karina Gutiérrez Antelo, estableciendo además que no vio a la vendedora cuando acompañó a su presentante; por tales motivos, su declaración, al ser imprecisa, no puede ser asimilada a una confesión fehaciente que determine si existió error esencial en el contrato.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Ratificación de la acción
    • a)
    • 1)
    • concedió en parte
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.  El derecho a la igualdad procesal respecto a la aplicación del precedente jurisprudencial
    • i)
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • b)
    • c)
    • e)
    • f)
    • g)
    • h)
    • j)
    • III.3.1. En cuanto a la lesión del debido proceso en su elemento de fundamentación
    • III.3.2. En cuanto a la lesión del derecho a igualdad
    • la jurisprudencia
    • la valoración de la prueba en general compete privativamente a los Jueces de grado
    • CONFIRMAR

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