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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0499/2019-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0499/2019-S2

    Fecha: 12-Jul-2019

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • 1)
    • i)
    • I.2.3. Intervención de los t
    • denegó
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.8.
    • II.9.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • no obstante
    • que al ser un grupo vulnerable merece un trato especial por parte del Estado
    • no puede en este caso invocarse el carácter subsidiario del recurso de amparo constitucional por cuanto la materialización de la justicia impone la obligación de precautelar los derechos y garantías de las personas
    • III.2.
    • discapacidad
    • el art. 70.1 de la citada Norma Suprema, señala: ‘Toda persona con discapacidad goza de los siguientes derechos: (…) A ser protegido por su familia y por el Estado’.
    • El art. 34.II de la Ley General para Personas con Discapacidad, señala: ‘El Estado Plurinacional de Bolivia garantizará la inamovilidad laboral a las personas con discapacidad
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • Fragmento 28
    • Respecto a la presunta lesión del derecho al trabajo, a la inamovilidad laboral de las personas con discapacidad
    • la desvinculación no se produjo por una causal arbitraria o ilegítima
    • todo
    • solicitó dos días de ampliación
    • siempre y cuando cumplan con la normativa vigente y no existan causales que justifiquen su despido
    • instrumentos puestos al servicio del derecho sustancial
    • CONFIRMAR

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