SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0499/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0499/2019-S2

Fecha: 12-Jul-2019

II.9.

II.9.    Cursan Contratos de Prestación de Servicios de Personal Eventual a Plazo Fijo RR.HH. 645/2016 de 5 de octubre y 517/2016 de 5 de julio; en cuya virtud el accionante debía desempeñar las funciones de Profesional II (Desar. productivo de la cadena de maní en Chuquisaca) hasta el 31 de diciembre de 2016; y, Profesional II de la Dirección de Atención a la Persona con Discapacidad hasta el 30 de septiembre del mismo año           -respectivamente-. En la parte principal de ambos contratos, sobresale que la relación laboral se regía de conformidad con los arts. 6 del EFP y 60 del DS 26115; asimismo, se tiene que el contratante se obligaba -entre otros- al cumplimiento de las obligaciones y funciones detalladas en los manuales y reglamentos vigentes de la institución. Finalmente cabe resaltar que en ambos contratos, la entidad empleadora se reservó el derecho de rescindir el contrato -entre otras causales- en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones del contratado (fs. 29 a 30; y, 31 a 32).