SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0538/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0538/2019-S2

Fecha: 15-Jul-2019

Fragmento 26

El informe de la psicóloga Mónica Núñez se valoró ilegalmente, inobservando la Guía de Roles y funciones para las Defensorías de la Niñez y Adolescencia; sin embargo de la contrastación efectuada existiendo una respuesta en concreto con respecto a este agravio, pues establece que: “…con respecto a que no se enmarcaría al protocolo de Defensoría de la Niñez y Adolescencia para la elaboración del mencionado informe, hay que tomar en cuenta que dicho informe ha sido la base de una denuncia de infracción por violencia elaborado por funcionario pública por lo tanto el válido legalmente” (sic); aunque los Vocales demandados no utilizan herramientas racionales propias de la actividad probatoria, puesto que sustenta la admisibilidad de este medio e inclusive su fiabilidad en una falacia de autoridad, por lo que la condición de servidora pública de la perito, no le otorga por sí misma validez legal ni le exime del cumplimiento de los procedimientos y normas jurídicas si en el caso regulan este medio probatorio, sin la exposición de argumentos sobre la relevancia que pueda tener su observancia en función a los principios que rodean el procedimiento entre ellos el interés superior del niño, como criterio de valoración establecido por el legislador, como en función al fin último de la actividad probatoria que es el descubrimiento de la verdad.