SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0715/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0715/2019-S2

Fecha: 21-Ago-2019

a)

Solicita se conceda la tutela y en consecuencia se dejen sin efecto: a) Las resoluciones impugnadas “al Juez” de primera instancia, por las que se acogió el recurso de apelación de la parte ejecutante, concediéndolo y remitiéndolo ilegalmente al Tribunal superior en grado; y, b) El Auto de Vista 141/2018 de 20 de septiembre, que asumió ilegalmente competencia para conocer la alzada descrita, disponiendo se emita un nuevo fallo rechazando el recurso de apelación precitado con la remisión de obrados a la Jueza de origen, declarando ejecutoriada la Sentencia en virtud a los cánones de legalidad y constitucionalidad expuestos en la demanda tutelar.

Mabel Norma Rocha Vera, Jueza Pública Civil y Comercial Quinta de la Capital del departamento de Tarija, en suplencia legal de su similar Segundo, presentó por su parte el informe escrito que consta a fs. 388 y vta., indicando que: a) La acción de amparo constitucional no es supletoria de otros medios ordinarios previstos para la defensa de derechos fundamentales, no pudiendo equipararse a una instancia casacional; b) No se puede forzar en el caso la tutela constitucional no correspondiendo la misma en virtud a la doctrina de las autorestricciones o de no interferencia en la función propia de los órganos jurisdiccionales ordinarios asumida en las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0939/2012 y 0340/2016; c) El Juez similar Segundo de su materia, respecto a quien ejerce suplencia legal, dictó la Sentencia Definitiva dentro del proceso ejecutivo seguido contra la empresa accionante, que fue objeto de apelación por la parte ejecutante concedida en previsión a lo dispuesto en el art. 385 del Código Procesal Civil (CPC), mereciendo el pronunciamiento del Auto de Vista 141/2018; y, d) En el marco de lo referido, solicitó el “rechazo” de la acción de examen.