SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0715/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0715/2019-S2

Fecha: 21-Ago-2019

II.7.

II.7.    Contra el decreto de 6 de julio de 2016, la parte accionante formuló el 11 de igual mes y año, recurso de reposición bajo alternativa de apelación pidiendo reponer lo decidido declarando plenamente ejecutoriada la Sentencia Definitiva dictada en la causa considerando que el derecho a la impugnación no es un derecho absoluto no siendo aplicable en el arbitraje en virtud a las previsiones contenidas en los arts. 12.III de la LAC.abrg y 45 de la LCA, a más de lo expuesto por la jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia y la del Tribunal Constitucional Plurinacional                   (fs. 216 a 221 vta.). Por Auto de 21 de julio de 2016, el Juez del proceso rechazó la reposición formulada, concediendo de manera alternativa el recurso de apelación en el efecto diferido (fs. 233). Presentando la empresa accionante el 25 de ese mes y año, recurso de compulsa alegando no corresponder la concesión en el efecto diferido existiendo ya Sentencia Definitiva en el caso, compeliendo concederla en el efecto devolutivo (fs. 235 a 238 vta.); concediendo lo requerido la Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, por Auto 01/2016 de 29 de julio (fs. 291 a 292 vta.); modificando por ende el Juez de la causa, la admisión de la alzada en el efecto devolutivo por Auto de 2 de agosto del año precitado (fs. 300), remitiendo obrados ante la Sala Civil Segunda para su consideración y resolución          (fs. 302).