0SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0859/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

0SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0859/2019-S2

Fecha: 25-Sep-2019

III.3. Sobre los derechos a la vida digna, libertad personal y la vejez digna, desde un enfoque generacional

El derecho a la vida se encuentra reconocido en el art. 15.I de la CPE, al señalar que: “Toda persona tiene derecho a la vida y a la integridad física, psicológica y sexual”; de igual modo, en su art. 22, respecto a la dignidad y la libertad personal, dispone que son derechos inviolables: “Respetarlas y protegerlas es deber primordial del Estado”.