0SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0859/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

0SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0859/2019-S2

Fecha: 25-Sep-2019

respetar su juicio propio, opinión y decisión

Es así, que el Tribunal Constitucional Plurinacional comenzó reconociendo y resguardando el derecho a la autonomía progresiva de la voluntad de menores de edad, al señalar en la SCP 2568/2010-R de 19 de noviembre[19], que en acciones de defensa, los jueces y tribunales de garantía, deben respetar su juicio propio, opinión y decisión[20] respecto a la interposición de la demanda tutelar a través de su representante, dándole la oportunidad de expresar su opinión libremente, tomando en cuenta su edad, madurez y todas las circunstancias que rodean el acto denunciado de ilegal; así en su Fundamento Jurídico III.3.2, indicó: