SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0600/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0600/2019-S3

Fecha: 11-Sep-2019

1)

Iván Jorge Arciénega Collazos, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre, a través de su representante, en audiencia, manifestó que: 1) Los Autos 3/2018 y 5/2018, nunca fueron objeto de impugnación; es más, cuando se declaró período de prueba en el Auto ahora cuestionado, la accionante admitió el mismo y presentó prueba referida a la calificación de daños y perjuicios; por lo tanto, dio su viabilidad, consentimiento, aceptación y plena validez; 2) Después de la notificación a la peticionante de tutela con los citados Autos, transcurrieron más de seis meses que refiere el principio de inmediatez; es decir, la acción de amparo constitucional fue interpuesta fuera del plazo establecido en la jurisprudencia constitucional; y, 3) La impetrante de tutela, recurrió a la vía de apelación inexistente en el procedimiento.