SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0843/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0843/2020-S1

Fecha: 09-Dic-2020

4)

4) Sobre el agravio referido a la aplicación de la Ley 913 dada su naturaleza adjetiva y no sustantiva, por cuanto el simple argumento de la irretroactividad de la ley no es suficiente para rechazar la solicitud de confiscación del DIRCABI; se debe señalar que, si bien DIRCABI no es parte propiamente dicha del proceso; sin embargo, al tener tuición de los bienes incautados frente a una conclusión del proceso, ello debió haber sido puesto a conocimiento de dicha institución a fin de que pueda apersonarse y pedir alguna aclaración con relación al instrumento del delito.