SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0843/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0843/2020-S1

Fecha: 09-Dic-2020

recién conoce sobre el estado de su bien después de la sentencia emitida contra un tercero

Consiguientemente, si el propietario recién conoce sobre el estado de su bien después de la sentencia emitida contra un tercero, tiene el derecho de impugnar esa situación vía incidental, más en el presente caso, donde el accionante en los hechos tuvo el tiempo brevísimo de dos días para enterarse del proceso, e interponer el incidente. Razón por las cual, dadas las particularidades del caso, correspondía que las autoridades demandadas, substancien el incidente dando respuesta a todos los puntos demandados por el incidentista.