Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0289/2020-S3
Fecha: 22-Jul-2020
I.1.2. Derechos, garantías y principios supuestamente vulnerados
El menor impetrante de tutela a través de su representante sin mandato, considera lesionados sus derechos a la educación, a la tutela judicial efectiva, a la igualdad y a la legalidad, citando al efecto los arts. 8.II, 9.5, 13.I, 14.III y IV, 59.V, 77, 78, 79, 80.I, 82, 83, 115 y 117 de la Constitución Política del Estado (CPE); 13.1 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC); 26.2 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH); XII de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (DADDH).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1.2.
- I.1.2. Derechos, garantías y principios supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Resolución de rechazo
- I.2.2. Resolución de la Comisión de Admisión
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6
- II.7.
- II.8
- II.9
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR
- 2° Exhortar