Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0483/2020-S4
Fecha: 22-Sep-2020
II.4.
II.4. A través de memorial de 21 de enero de igual año, Casto Vega Bohórquez –denunciante del proceso disciplinario–, solicitó al ahora accionante, emita la resolución correspondiente (fs. 34); de la misma manera, por Decreto de 25 del referido mes y año, emitido por la mencionada autoridad, dispuso que se organice el expediente y vuelva a despacho para resolución (fs. 35).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- carga procesal fundamental que sirve de eximente o atenuante de la responsabilidad disciplinaria
- a)
- SIN EMBARGO, RESPECTO A LA PRETENSIÓN INCOADA, INDUDABLEMENTE DEVENDRÍA EN LA MODIFICACIÓN DE LA CUESTION DE FONDO, PUES TOCA ASPECTO SENSIBLE COMO LA FALTA DE VALORACIÓN, FUNDAMENTACIÓN que no pueden ser tratada en la vía de aclaración
- 1)
- i)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución de la Sala constitucional
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso en sus elementos de fundamentación y motivación de las resoluciones
- III.2.
- CONFIRMAR