SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2021-S3

Fecha: 05-Abr-2021

II.17.

II.17.  Cursa acta de conclusión de proceso de 12 de abril de 2019, actuado en el que Adolfo Belgrano Colque, Tata Apu Mallku y Neda Belgrano Mamani, Mama T’alla, ambos del Suyu Sura; y, David Magne Michaga, Tata Jiliri Mallku del Distrito II del Consejo de Autoridades Originarias Markas del Suyu Sura, Vilacara, Kiska, Burguillos, La Joya, Rumsachata, Jhacha Phiti San Antonio Cruzani, San Antonio de Angulo, Nueva Llallagua y Lajma -autoridades accionadas- ratificaron el derecho propietario de Felipe Ajhuacho Mamani sobre los terrenos Cruz Choro y Chapi Pata registrados en DD.RR.; y, la posesión de Flora Chambi Canaza sobre los predios Pan de Azúcar y Chola Pata, estableciendo que se procederá a una demarcación; asimismo, en su cláusula transitoria recomendaron acudir a la vía llamada por ley a objeto de determinar el valor legal de las minutas, escrituras públicas, Sentencia y Auto de Vista, cursando diligencia de notificación supuestamente practicada a Flora Chambi Canaza el 15 de abril de 2019, no evidenciándose constancia alguna de la participación de la nombrada o de un testigo (fs. 394 a 400); asimismo, consta otra diligencia de notificación practicada a la accionante con dicho actuado el 8 de julio de 2019, diligencia que no evidencia la participación de ninguna de las autoridades indígenas (fs. 405).