Auto Supremo AS/0033/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0033/2012

Fecha: 23-Mar-2012

inobservancia del art


Que, como segundo aspecto denunciado por la recurrente, se tiene la presunta

inobservancia del art. 308 num. 3) del Código de Procedimiento Penal, considerando que el Juez de Grado habría incurrido en la violación de la garantía del debido proceso al rechazar y declarar improbada la excepción de falta de acción que interpuso en razón de que en la audiencia de declaración informativa prestada durante la etapa preparatoria se habría incumplido con el art. 92 del Código de Procedimiento Penal, al no realizarse la advertencia preliminar, deduciendo que por disposición del art. 100 del mismo cuerpo procesal, no correspondía fundar ninguna decisión en contra suya por no haberse observado las reglas previstas para su declaración informativa