Auto Supremo AS/0033/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0033/2012

Fecha: 23-Mar-2012

Que, los aspectos descritos precedentemente también fueron considerados por el Tribunal de alzada, precisándolos en


Que, los aspectos descritos precedentemente también fueron considerados por el Tribunal de alzada, precisándolos en los incisos c) y d) del primer Considerando del Auto de Vista impugnado, procediendo a resolverlos separadamente en el segundo Considerando, para lo cual, expresó que el Juez de Sentencia realizó una valoración integral de todos los aspectos contenidos en el contradictorio, haciendo una relación de los elementos probatorios y de los fundamentos que sustentan la decisión. Por otro lado, el Tribunal de alzada también explicó que por disposición del art. 365 del Código de Procedimiento Penal, se podrá dictar Sentencia Condenatoria cuando la prueba aportada sea suficiente para generar en el juez o Tribunal la convicción sobre la responsabilidad del imputado, por lo que la Sentencia Condenatoria pronunciada contra la imputada se basó en la correcta valoración de las pruebas de cargo y de descargo