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3.- Avanzando con su argumento recursivo acusa error de hecho y de derecho en la apreciación dela prueba, indica que CADEPIA presenta documentos que en el fondo demuestran que Alfredo Cano lucho judicialmente por la protección de sus derechos inherentes al inmueble, que sin esa defensa esos terrenos estarían en manos de los esposos Vargas Mealla. Menciona que CADEPIA fundó en prueba documental y testifical y que analizada la misma no pudo comprobar los extremos de su demanda, y señala que los documento de propiedady los respaldatorios son nulos, CADEPIA no estuvo en posesión del inmueble, no hubo actos de desposesión en contra de CADEPIA, que resulta la impertinencia de la acción reivindicatoria. Además acusa que los testigos de CADEPIA hicieron un concurso de quién miente mejor, lo que deduce que esa prueba testificalsea irrelevante e impertinente y fuera delugar y flagrante falso testimonio, que Orlando Patricio Miranda Rojas no ha podido acreditar la licitud del acto traslativo de dominio nulo suscrito a su favor. Por esos motivos- dice- no se han cumplido con la carga de la prueba, y su prueba insuficiente fue desvirtuada por Alfredo Cano Cordero, y que los elementos aportados por él fueron ignorados porlos jueces de instancia
- (CADEPIA)
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Los recursos de casación en la forma y en el fondo, de fs
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- Otra infracción alegada es la indebida aplicación del art
- Señala que se ha infraccionado, con el injusto Auto de Vista, los arts
- Indica que se aplica indebidamente la Ley Nº 2603, que da paso a la permuta
- Se denuncia también como vulnerado el art
- Por otro lado señala que la demanda reconvencional tiene múltiples peticiones, que entre otras cosas
- Dice que la excepción de falta de acción opuesta por CADEPIA, tiene argumentos apartados de
- Se cuestiona, también, la forma de Resolución de la excepciones opuestas por Alfredo cano Cordero,
- Con respecto a la demanda reconvencional de nulidad de documento, más daños y perjuicios a
- En relación a la declaración judicial de nulidad de la Escritura Pública de permuta y
- En relación a la declaración judicial de nulidad de la escritura pública Nº 47/2006, dice
- En relación a la nulidad del documento privado de compromiso de transferencia y entrega física
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- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Del tenor de los recursos interpuestos se evidencia una insuficiencia de técnica recursiva en su
- En mérito a lo explicado, los recurrentes en sus recursos interpuestos anuncian que son en
- La fórmula del artículo solo dispensa la calidad de accionante al que tenga interés legítimo,
- Convengamos entonces que la norma permite accionar la nulidad cuando el interesado ostenta un derecho
- De lo aseverado en el recurso, se establece que los recurrentes pretenden la nulidad por
- Asimismo, se debe explicar que habiendo postulado la nulidad de la Escritura Pública Nº 47/2006
- Por otro lado, las alegaciones ostentosas de infracción de los arts
- Finalizando éste punto, se debe señalar que es loable la preocupación del extinto Alfredo Cano
- De la lectura de la denuncia de error en el recurso de examen, los
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani
- Fdo. Mgda. Rita Susana Nava Durán
- Registrado en el Libro de Tomas de Razón: sexto
