Auto Supremo AS/0517/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0517/2013

Fecha: 01-Oct-2013

3

3.- Avanzando con su argumento recursivo acusa error de hecho y de derecho en la apreciación dela prueba, indica que CADEPIA presenta documentos que en el fondo demuestran que Alfredo Cano lucho judicialmente por la protección de sus derechos inherentes al inmueble, que sin esa defensa esos terrenos estarían en manos de los esposos Vargas Mealla. Menciona que CADEPIA fundó en prueba documental y testifical y que analizada la misma no pudo comprobar los extremos de su demanda, y señala que los documento de propiedady los respaldatorios son nulos, CADEPIA no estuvo en posesión del inmueble, no hubo actos de desposesión en contra de CADEPIA, que resulta la impertinencia de la acción reivindicatoria. Además acusa que los testigos de CADEPIA hicieron un concurso de quién miente mejor, lo que deduce que esa prueba testificalsea irrelevante e impertinente y fuera delugar y flagrante falso testimonio, que Orlando Patricio Miranda Rojas no ha podido acreditar la licitud del acto traslativo de dominio nulo suscrito a su favor. Por esos motivos- dice- no se han cumplido con la carga de la prueba, y su prueba insuficiente fue desvirtuada por Alfredo Cano Cordero, y que los elementos aportados por él fueron ignorados porlos jueces de instancia