Auto Supremo AS/0517/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0517/2013

Fecha: 01-Oct-2013

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,

Por todo lo señalado se evidencia que el recurso de casación en el fondo no tiene el suficiente fundamente para revertir la decisión asumida por los Tribunales inferiores por lo que se declara infundado.
En consecuencia éste Tribunal Supremo de Justicia emite Resolución en la forma determinada por los arts. 271 num.1) y 258 num.2) y arts. 271 num.2) y 273 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42 parágrafo I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación de los arts. 271 num. 1) y 258 num. 2) y arts. 271 num. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, declara IMPROCEDENTE la casación en la forma el INFUNDADO el recurso decasación en el fondo, de fs. 986 a 1009 vlta., opuesto por Alfredo Cano Tárraga y de fs. 1022 a 1045 vlta., interpuesto por Carmen Tárraga Rivera, ambos, contra el Auto de Vista Nº 48/2013 S.C. 1ra. de 17 de mayo de 2013, de fs. 961 a 966 vlta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija. Con costas