Los recursos de casación en la forma y en el fondo, de fs
CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
Los recursos de casación en la forma y en el fondo, de fs. 986 a 1009 vlta., y de fs. 1022 a 1045 vlta., interpuestos por Alfredo Cano Tárraga y Carmen Tárraga Rivera por su hija Valeria Nataly Cano Tárraga, respectivamente, presentan idéntica expresión de agravios en su contenido, por lo que por técnica de Resolución y por un principio de concentración, se consideran los siguientes puntos de denuncia para ambos recurrentes:
Los recursos exponen como agravios: que el Auto de Vista nulo de acuerdo a los previsto en el numeral 4) del art. 254 del Código de Procedimiento Civil, violación, interpretación errónea y aplicación indebida de la ley, y error de hecho y de derecho en la apreciación de la prueba
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
Los recursos de casación en la forma y en el fondo, de fs. 986 a 1009 vlta., y de fs. 1022 a 1045 vlta., interpuestos por Alfredo Cano Tárraga y Carmen Tárraga Rivera por su hija Valeria Nataly Cano Tárraga, respectivamente, presentan idéntica expresión de agravios en su contenido, por lo que por técnica de Resolución y por un principio de concentración, se consideran los siguientes puntos de denuncia para ambos recurrentes:
Los recursos exponen como agravios: que el Auto de Vista nulo de acuerdo a los previsto en el numeral 4) del art. 254 del Código de Procedimiento Civil, violación, interpretación errónea y aplicación indebida de la ley, y error de hecho y de derecho en la apreciación de la prueba
- (CADEPIA)
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Los recursos de casación en la forma y en el fondo, de fs
- 1
- 2
- Otra infracción alegada es la indebida aplicación del art
- Señala que se ha infraccionado, con el injusto Auto de Vista, los arts
- Indica que se aplica indebidamente la Ley Nº 2603, que da paso a la permuta
- Se denuncia también como vulnerado el art
- Por otro lado señala que la demanda reconvencional tiene múltiples peticiones, que entre otras cosas
- Dice que la excepción de falta de acción opuesta por CADEPIA, tiene argumentos apartados de
- Se cuestiona, también, la forma de Resolución de la excepciones opuestas por Alfredo cano Cordero,
- Con respecto a la demanda reconvencional de nulidad de documento, más daños y perjuicios a
- En relación a la declaración judicial de nulidad de la Escritura Pública de permuta y
- En relación a la declaración judicial de nulidad de la escritura pública Nº 47/2006, dice
- En relación a la nulidad del documento privado de compromiso de transferencia y entrega física
- 3
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Del tenor de los recursos interpuestos se evidencia una insuficiencia de técnica recursiva en su
- En mérito a lo explicado, los recurrentes en sus recursos interpuestos anuncian que son en
- La fórmula del artículo solo dispensa la calidad de accionante al que tenga interés legítimo,
- Convengamos entonces que la norma permite accionar la nulidad cuando el interesado ostenta un derecho
- De lo aseverado en el recurso, se establece que los recurrentes pretenden la nulidad por
- Asimismo, se debe explicar que habiendo postulado la nulidad de la Escritura Pública Nº 47/2006
- Por otro lado, las alegaciones ostentosas de infracción de los arts
- Finalizando éste punto, se debe señalar que es loable la preocupación del extinto Alfredo Cano
- De la lectura de la denuncia de error en el recurso de examen, los
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani
- Fdo. Mgda. Rita Susana Nava Durán
- Registrado en el Libro de Tomas de Razón: sexto
