Auto Supremo AS/0517/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0517/2013

Fecha: 01-Oct-2013

Convengamos entonces que la norma permite accionar la nulidad cuando el interesado ostenta un derecho

Convengamos entonces que la norma permite accionar la nulidad cuando el interesado ostenta un derecho subjetivo no hipotético que dependa inmediatamentede la invalidez del acto jurídico, siendo ese el interés legítimo que debe demostrar para la legitimaciónactiva, es decir el interés legítimo está limitado al interés personal que emerge del derecho subjetivo en función inmediata de la nulidad del contrato