Auto Supremo AS/0688/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0688/2013

Fecha: 13-Nov-2013

Al respecto se tiene que la Sentencia al declarar probada en parte la demanda, estableció

Al respecto se tiene que la Sentencia al declarar probada en parte la demanda, estableció con claridad la reliquidación de los beneficios y derechos laborales demandados, tomando en cuenta el reintegro del bono de antigüedad, en tal sentido y observando la demanda de fs. 237 a 245 y el recurso de casación de fs. 887 a 899 vlta., se advierte que el sueldo promedio indemnizable fue calculado sobre la base del haber básico, bono de antigüedad, incentivo funcionario y horas extras, en la suma de Bs.2.445,52, sobre el cual corresponde el cálculo de la reliquidación de los conceptos demandados por el actor, conforme al detalle cursante en la parte final del presente fallo, debiendo aclararse en el caso presente que, si bien el actor trabajo durante 27 años, el cálculo para el pago de la indemnización se lo realizó en base a 22 años de servicios, toda vez que los primeros cinco años, se le canceló sus beneficios sociales conforme consta a fs. 141, años sobre los cuales el mismo demandante realizó el cálculo por este concepto